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Acoso laboral en Nueva Jersey
Las empresas de Nueva Jersey tienen la obligación legal de proteger a sus empleados frente a cualquier forma de acoso laboral. Si se ha ignorado o incumplido dicha obligación, Mark & Kleinfeldt está dispuesto a luchar por ti.
¿Qué se entiende por acoso laboral según la legislación de Nueva Jersey?
El acoso laboral es cualquier conducta indeseada en el lugar de trabajo basada en una característica protegida, como el sexo, la identidad o expresión de género, la orientación sexual, la raza, la religión, la discapacidad, la edad, el origen nacional y otras. No tiene por qué ser físico, ni requiere que se produzca un único incidente dramático. Una serie de comentarios, actos de exclusión, conductas ofensivas o intimidación pueden constituir acoso si son lo suficientemente graves o generalizados como para alterar las condiciones de tu empleo.
La Ley contra la Discriminación de Nueva Jersey (NJLAD) prohíbe el acoso por cualquiera de estas características. Todos los empleadores de Nueva Jersey están obligados por ley a llevar a cabo investigaciones rápidas, exhaustivas y justas sobre las denuncias de los empleados por acoso ilegal, así como a adoptar medidas efectivas para poner fin a dicho comportamiento. Si su empleador tenía conocimiento o debería haber tenido conocimiento del acoso en su lugar de trabajo y no lo abordó, la empresa podría incurrir en responsabilidad.
Según la legislación de Nueva Jersey, existen dos tipos principales de acoso laboral ilegal: el acoso «quid pro quo» y el acoso por entorno laboral hostil. Ambos son ilegales y ambos pueden servir de base para presentar una demanda, independientemente de que, en última instancia, hayas sido despedido o no.
Ley contra la Discriminación de Nueva Jersey (NJLAD)
Prohíbe el acoso por motivos de sexo, identidad o expresión de género, orientación sexual, embarazo, raza, religión, discapacidad, edad, origen nacional y otros. Los empleadores pueden ser considerados directamente responsables del acoso cometido por un supervisor o directivo, y también pueden ser responsables de la conducta de los compañeros de trabajo si tenían conocimiento de ella o deberían haberlo tenido.
Si se ha infringido esta ley en tu lugar de trabajo, es posible que tengas derecho a presentar una reclamación legal, y el plazo para hacerlo es limitado.
Señales de que podrías tener motivos para presentar una denuncia por acoso laboral
Si alguna de estas situaciones te resulta familiar, es posible que tengas derecho a reclamar, aunque no estés seguro. Una consulta es la forma más rápida de averiguarlo.
Un entorno laboral que se volvió hostil después de que presentaras una queja
Compañeros de trabajo que muestran un comportamiento ofensivo sistemático por motivos de raza, religión o discapacidad, y que la dirección ha ignorado
Ser excluido, degradado o amenazado tras rechazar insinuaciones no deseadas.
Lo que hay que demostrar en un caso de acoso laboral
El criterio jurídico aplicable al acoso laboral depende del tipo de denuncia. En ambos casos, se aplica el criterio de la «persona razonable» de la NJLAD, lo que significa que la conducta debe ser tal que una persona razonable en tu situación la consideraría hostil, intimidatoria o abusiva.
Fuiste víctima de una conducta sexual no deseada por parte de una persona en posición de autoridad, y dicha conducta estaba vinculada a un beneficio laboral o a una medida desfavorable: un ascenso ofrecido a cambio de favores sexuales, o una amenaza de despido si no accedías a ello.
La conducta fue inapropiada, se basó en una característica protegida y fue lo suficientemente grave o generalizada como para crear un entorno laboral hostil o abusivo. Un único incidente puede considerarse tal si es lo suficientemente grave. Una serie de conductas de menor gravedad también puede considerarse tal si es persistente.
O bien un supervisor estuvo directamente implicado, o bien la dirección tenía conocimiento de la conducta de los compañeros de trabajo y la empresa no tomó las medidas razonables para ponerle fin.
Denuncias por acoso que tramitamos
Denunciar un caso de acoso y presentar una reclamación puede resultar abrumador mientras aún lo estás viviendo. A continuación te explicamos cómo es el proceso desde la primera llamada en adelante.
Acoso sexual
Si has sido víctima de conductas sexuales no deseadas en el trabajo —por ejemplo, un superior que condiciona un ascenso a favores sexuales, o tocamientos, comentarios o mensajes indeseados que no cesaron tras haberlos denunciado—, la NJLAD te protege, independientemente de que el acosador sea de tu mismo sexo o no.
Entorno laboral hostil
Si una conducta motivada por tu raza, religión, discapacidad u otra característica protegida ha sido lo suficientemente grave o persistente como para alterar tu sensación al acudir al trabajo, es posible que tengas derecho a presentar una reclamación, incluso aunque nunca te hayan despedido ni degradado.
Dos formas en las que se produce la discriminación: ambas son ilegales
Breve introducción: la discriminación en el ámbito laboral según la NJLAD adopta dos formas, y un visitante no tiene que demostrar que haya habido un sesgo intencionado para poder presentar una reclamación.
Trato desigual
Explicación en lenguaje sencillo: el empresario trató al trabajador de forma diferente a otros trabajadores en una situación similar debido a una característica protegida. Esto constituye una discriminación intencionada. Da entre uno y dos ejemplos concretos de la vida real.
Impacto desigual
Explicación en lenguaje sencillo: una política o práctica que, a primera vista, parece neutral, pero que perjudica de forma desproporcionada a los empleados de un determinado colectivo protegido. Es posible que el empresario no tuviera la intención de discriminar, pero el efecto es discriminatorio. Da entre uno y dos ejemplos concretos de la vida real.
Cómo se tramitan los casos de acoso laboral en Nueva Jersey
Refleja el recorrido que está realizando este visitante, en lugar de limitarse a un genérico «esto es lo que te vas a encontrar».
Evaluación del caso
Un abogado analizará los hechos de tu caso y te indicará si tienes una demanda por acoso con posibilidades de prosperar, cuál podría ser su valor y cuáles son tus opciones. Sin compromiso alguno.
Investigación
El bufete lleva a cabo la investigación recopilando pruebas: comunicaciones, expedientes de recursos humanos, declaraciones de testigos y documentación sobre la conducta y la respuesta de tu empresa al respecto. En los casos de acoso, es fundamental documentar lo que se denunció y cómo respondió la empresa.
Presentación
Las reclamaciones en virtud de la NJLAD pueden presentarse directamente ante el Tribunal Superior de Nueva Jersey o ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC).
Negociación o juicio
Mark & Kleinfeldt negocia desde una posición de fuerza, preparada y dispuesta a ir a juicio cuando la situación lo requiera. Esa actitud influye en lo que ofrecen los empresarios en la mesa de negociación.
Resolución
Las demandas por acoso que prosperen pueden dar lugar al pago de salarios atrasados y salarios perdidos, una indemnización por daños y perjuicios por angustia emocional, la reincorporación al puesto de trabajo, los honorarios y costas de los abogados y, en los casos en que haya habido conducta intencionada, una indemnización por daños y perjuicios punitivos.
Resultados que hemos conseguido en casos de acoso laboral
El bufete ha conseguido resultados significativos para los trabajadores de Nueva Jersey que han sido víctimas de acoso sexual, entornos laborales hostiles y represalias por haber denunciado estos hechos.
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1,08 millones de dólares
Acoso sexual
Un empleado de Nueva Jersey que sufre acoso sexual continuado en el lugar de trabajo.
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175 000 dólares
Represalias / Acoso
Un empleado de Nueva Jersey que sufrió represalias y acoso tras denunciar infracciones en el lugar de trabajo.
Reivindicaciones relacionadas
Las reclamaciones en materia de derecho laboral suelen solaparse. Si alguna de las siguientes situaciones te resulta familiar, es posible que tengas más de una reclamación que merezca la pena estudiar.
Discriminación en el lugar de trabajo
El acoso suele ser una consecuencia de la discriminación basada en una característica protegida. Si la conducta que has sufrido estaba relacionada con tu raza, género, edad u otra característica protegida, es posible que puedas presentar una reclamación tanto por acoso como por discriminación.
Despido improcedente
Si te han despedido tras denunciar un caso de acoso, o si un entorno hostil ha hecho que tu puesto resultara insostenible, también podrías tener derecho a presentar una reclamación por despido improcedente o por despido implícito.
Preguntas frecuentes
No. Aunque el acoso sexual es la forma de la que más se habla, la NJLAD prohíbe el acoso por cualquier característica protegida, como la raza, la religión, la discapacidad, la edad, el origen nacional y la identidad o expresión de género. Cualquier conducta no deseada basada en una característica protegida que sea lo suficientemente grave o generalizada como para alterar las condiciones de trabajo puede ser ilegal.
El acoso de tipo «quid pro quo» implica un intercambio directo: un superior condiciona una ventaja laboral o amenaza con tomar una medida desfavorable en función de si un empleado se somete a una conducta sexual no deseada. El acoso por entorno laboral hostil se refiere a una conducta tan grave o generalizada que crea un ambiente abusivo u hostil en el trabajo, independientemente de si se ha amenazado con privar al empleado de una ventaja laboral concreta.
Si el acoso lo ha cometido un superior, tu empresa puede ser considerada directamente responsable. Si lo ha cometido un compañero de trabajo, tu empresa puede ser responsable si tenía conocimiento o debería haber tenido conocimiento de dicha conducta y no tomó las medidas razonables para ponerle fin. Denunciar el acoso a través del procedimiento de reclamaciones de tu empresa es importante tanto para tu seguridad como para constituir un expediente legal.
Sí. No es necesario que te despidan para presentar una denuncia por acoso. El acoso continuado que altere tus condiciones laborales puede constituir el fundamento de una denuncia mientras sigas trabajando allí.
Según la NJLAD, por lo general dispones de dos años a partir de la fecha del último acto de acoso para presentar una reclamación. Las reclamaciones en materia de derecho laboral tienen plazos estrictos: consulta con un abogado lo antes posible.
¿Estás listo para averiguar si tienes un ¿Un caso de acoso?
Ya sabes qué se considera acoso laboral en Nueva Jersey y qué pruebas tendrías que aportar. El siguiente paso es hablar con un abogado especializado en litigios civiles que pueda indicarte concretamente si lo que te ha ocurrido es susceptible de ser objeto de una acción judicial.